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6 abril, 2018

BAE 6/4/2018

El Impuesto al Revalúo como “la mejor inversión”: calculan retorno de 250% en 5 años

Pagar hoy el tributo del 10% por el revalúo permitirá pagar Ganancias a futuro a tasas mucho más bajas. Según los expertos, es “un blanqueo encubierto y una gran oportunidad”

En el marco del Congreso Económico Argentino de la Expo EFI, un panel interdisciplicario coincidió en el que revalúo de bienes de uso que incluyó la reforma tributaria será la mayor inversión de estos años.

El tributaristas Guillermo Pérez, del Grupo GNP, contó que en su estudio hicieron cálculos y llegaron a la conclusión de que el retorno puede llegar a 250% en 5 años para los inmuebles.

Para Pérez al revalúo “lo tapó” el resto de la reforma tributaria, y sin embargo, el impuesto del 10% que implicará esa medida será “la inversión más importante de estos tiempos, ya que permitirá deducir 35% de Impuesto a las Ganancias en 5 años con un altísimo retorno”.

El tributarista contó que en ocho casos testigos que tomó como ejemplos con sus colaboradores comprobó, por ejemplo, que en un inmueble revaluado “a finis” (hasta el final de la vida útil) se llegaba a una renta de 250% en 5 años, y si se vendía al tercer año, se obtenía la misma ganancia en 3 años.

En el caso de las acciones, por algunos casos de reingeniería de empresas familiares, en Grupo GNP estudiaron que el retorno de la revaluación “a finis” era de 389% y si se vendían al tercer año, la misma renta se conseguía en ese período de tiempo.

“El problema que ven muchos es cómo reunir el dinero para pagar el impuesto al revalúo. Tendrán que analizar la posibilidad de obtener alguna línea de crédito bancario, que como podrán deducir el interés de ese pasivo del Impuesto a las Ganancias, será un costo del que sólo pagarán 65%”, enfatizó Pérez.

En ese sentido, comparó el revalúo con “vender un inmueble desde el pozo; creo que absolutamente es negocio”, remarcó.

Por su parte, el especialista en impuestos e instrumentos financieros Leonardo Rocco, de SAT Group, dijo que le llamaba “mucho la atención la falta de información sobre el revalúo, que permitirá pagar Ganancias a futuro a tasas mucho más bajas”. Consideró que el revalúo es en realidad “un blanqueo encubierto y una gran oportunidad”.

En otro orden, Pérez consideró que a la hora de tomar decisiones de inversión, “los impuestos siempre fueron subestimados en Argentina” y lanzó que el costo previsional y tributario se lleva el 164% de la rentabilidad de las compañías, y que es necesario asesorarse por equipos interdisciplinarios porque “no se puede cambiar la ley, pero se puede cambiar el negocio” para que sea más rentable al haber bajado costos.

Rocco habló del impuesto a la renta financiera y dijo que en muchos casos es un “impuesto a perder plata”, como en el caso del plazo fijo que “es un instrumento que no recomendamos” pero que muchos inversores más conservadores todavía utilizan.

Fuente: iprofesional.com

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Resolución CD 24/2018. CPCECABA. Revalúo Contable

Se aprueba el tratamiento contable aplicable para la registración optativa y por única vez.. Norma de excepción: Costo atribuido para determinados activos. Alcance. Vigencia (Ley 27.430)

El objetivo de esta Resolución, de aplicación en jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, es permitir que un ente le asigne a determinados activos alcanzados un importe sucedáneo de su costo. Este importe se considerará, en lo sucesivo, su costo atribuido, el cual se determinará de acuerdo con lo establecido en la sección 2.3 del Anexo de esta Resolución.

Esta Resolución no es aplicable para los entes que utilicen las normas contenidas en el Anexo I de la Resolución Técnica N° 26, “Adopción de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) del Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB) y de la Norma Internacional de Información Financiera para Pequeñas y Medianas Entidades (“NIIF para las PYMES”)”

Fuente: Tributum

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Nuevas medidas de la AFIP: seis claves a tener en cuenta para vender con tarjeta de débito

Desde el domingo pasado rigen las normas de la AFIP que obligan a todos los comercios y profesionales independientes a vender con tarjeta de débito o contar con medios electrónicos de pago. La medida generó una fuerte polémica y rechazo, entre otras cosas, porque desconocen qué hacer para estar a tono con las nuevas reglas.

A continuación, una lista de factores que se deberían tener en cuenta:

La terminal POS o el lector para celulares

Lo primero que el comercio necesita para cobrar con tarjeta es tener una terminal POS -point of sale. Es el clásico dispositivo electrónico que lee la tarjeta permite realizar el cobro o el pago, según el caso.

Los requisitos para acceder a ella son contar con un CUIT y una cuenta bancaria. Posnet y LaPos son los principales proveedores. El servicio tiene un costo fijo mensual de mantenimiento de entre $250 y $400, a lo que se suman las comisiones que cobran por cada venta a través de ese sistema.

Sin embargo, si se es monotributista y, sólo por dos años, las empresas van a bonificar el mantenimiento de la terminal (alquiler mensual). Lo mismo rige para el caso de los no monotributistas, como los responsables inscriptos, si alquilan un dispositivo solo para tarjetas de débito. En tanto, si la terminal es crédito/débito pagan la mitad durante seis meses.

Otras alternativas son Mercado Pago y Todo Pago, las plataformas de pagos online más importantes, que ofrecen dispositivos que se conectan al teléfono celular o tableta para recibir pagos con tarjeta. Tienen un costo inicial por lector de $99 a $299, según sea un equipo clásico o con Bluetooth, y después un porcentaje por cada transacción.

Comisiones

Para el caso del POS, el nuevo arancel máximo para las operaciones con débito es de 1,1% y para las con crédito de 2,35%. Pero, por un acuerdo vigente que logró la Secretaria de Comercio, las comisiones deberían bajar gradualmente hasta llegar en 2021 a 0,8% y 1,8%, respectivamente.

Por otro lado, Mercado Pago cobra una comisión de 4,45% por cada pago que se acredite con esa billetera, mientras que su competencia Todo Pago acaba de reducir ese cobro inicial a 3,49% para compras realizadas con tarjeta de débito. En el caso de las compras a plazo el fee es de 3,99%.

Impuestos

A la comisión que cobran las tarjetas hay que sumarle el IVA. Por ejemplo, si un cliente compra algo por $100 en un negocio con tarjeta de crédito, la tarjeta se cobra $2 más el 21% de esos $2, es decir, $2,42.

En tanto, si el consumidor decide realizar la transacción en cuotas o combinada con alguna promoción, el vendedor tendrá más costos, a los que se suman las retenciones que hacen las tarjetas por IVA, Ingresos Brutos y Ganancias.

“El vendedor ve que vendió $100 y le depositaron $90 y cree que las tarjetas le cobran un 10%, pero esto es mentira y es verdad. Le descontaron aproximadamente 3% de arancel y 7% de retenciones. Le depositaron 90, pero hay un 7% que, si lo contabiliza bien, puede tomarlo. Si no controla, pierde. El comerciante o su contador deben registrar esas retenciones para que luego la Afip se las descuente”, afirmó en diálogo con LA NACION Matias Doublier, COO y fundador de la empresa Increase, que provee soluciones fintech a empresas.

Cabe aclarar que si un jubilado o beneficiario de la AUH paga con tarjeta de débito tiene una devolución del IVA de hasta 15 puntos y esa transacción no tiene costo por ley.

Desde cuándo será obligatorio que los comercios acepten el pago con débito 3:27

Número de establecimiento

El número de establecimiento es el código con el que el negocio o comercio va a identificarse con las tarjetas de crédito y débito y así va a poder procesar pagos desde la terminal POS.

Cada una de las tarjetas con las que opere va a darle un número de establecimiento único asociado a un CUIT y a la cuenta bancaria en la que se acreditan las ventas del comercio. Cuando empiece a trabajar con tarjeta, el comercio puede pedir este número al banco o hacerlo llamando por teléfono a cada una de las tarjetas.

Control de acreditación de las ventas

Las ventas con tarjetas de débito se acreditan a las 48 horas hábiles de realizada la transacción. Es importante llevar un control apropiado de cada uno de los pagos que deben acreditarse, comparando el depósito recibido en la cuenta bancaria del comercio contra el monto de los cupones que las tarjetas deben acreditar un determinado día.

Las compañías de las tarjetas pagan siempre que los cupones que están en orden y sin problemas, pero existen excepciones como los rechazos y contracargos. Cuando hay algún inconveniente con una compra, ya sea sospecha de fraude u otro motivo, ese cupón no es pagado y debe hacerse el reclamo correspondiente para recibir la acreditación.

Beneficios

Consultado por este diario, el secretario de la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), Mario Grinman, vio con buenos ojos la obligatoriedad de contar con medios electrónicos de pago y dijo que hay que utilizar las herramientas modernas porque en 10 años “el dinero no va a existir más”. “Si vas a cualquier lugar del mundo, y te movés con mucho efectivo, te van a mirar con desconfianza”, afirmó.

En tanto, Doublier señaló que “cobrar con tarjeta hoy es determinante para que un cliente decida hacer una compra o seguir a otro comercio”. “Aceptar pagos con tarjeta de crédito tiene varios beneficios relacionados, no sólo con la satisfacción del comprador, sino también con la seguridad del comercio al manejar cantidades menores de dinero en efectivo. Y con la posibilidad de generar ventas por importes más altos ya que los clientes suelen gastar más con tarjeta de crédito o débito que en efectivo”, cerró.

Fuente: La Nación. Com

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